Aprueba el precio mayorista máximo en moneda nacional para las pastas alimenticias 100 % sémola producidas por las empresas pertenecientes a la Unión Confitera con destino al Turismo.
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Apueba el precio mayorista máximo en moneda nacional para las pastas alimenticias 100 % sémola producidas por las empresas pertenecientes a la Unión Confitera con destino al Turismo.