Dispone el ingreso al Presupuesto del Estado, por las entidades empresariales y unidades presupuestadas, subordinadas a los órganos y organismos de la Administración Central del Estado, a las organizaciones superiores de Dirección Empresarial, organizaciones, asociaciones, y otras entidades vinculadas al Presupuesto del Estado, de las entidades no pagadas a los interesados y acumuladas.