Establecer la base contable del devengado para el registro de los ingresos y gastos del presupuesto del Estado para el año 2013, en sus diferentes niveles, tomando en consideración los momentos de reconocimiento.
Aprueba la Ley Nro. 117, “Ley del Presupuesto del Estado para el año 2014” y el dictamen elaborado por la Comisión de Asuntos Económicos de la Asamblea Nacional del Poder Popular, con sus recomendaciones.
Establece la obligación en todos los niveles presupuestarios del país, a los efectos de los procesos de Notificación, Desagregación y Ejecución del Presupuesto del Estado del año 2014, de observar estrictamente determinados indicadores.
Establece la base contable del devengado para el registro de los ingresos y gastos del Presupuesto del Estado para el año 2014, en sus diferentes niveles.
Establece los indicadores con carácter directivo y de destino específico que deben ser observados obligatoriamente en todos los niveles presupuestarios del país, a los efectos de los procesos de Notificación, Desagregación y Ejecución del Presupuesto del Estado del año 2013.