Aprobar la “METODOLOGÍA PARA LA NOTIFICACIÓN, DESAGREGACIÓN, PROGRAMACIÓN, MODIFICACIÓN Y EJECUCIÓN DE LOS INGRESOS Y GASTOS DEL PRESUPUESTO DEL ESTADO”
Establece la forma y las entidades a través de las cuales se ingresa al presupuesto del Estado el monto subsidiado en caso de que la persona propietaria pretenda vender o donar su vivienda.
Establece el procedimiento financiero, presupuestario, contable y de precios a aplicar en las entidades del Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación.