Aprobar la “METODOLOGÍA PARA LA NOTIFICACIÓN, DESAGREGACIÓN, PROGRAMACIÓN, MODIFICACIÓN Y EJECUCIÓN DE LOS INGRESOS Y GASTOS DEL PRESUPUESTO DEL ESTADO”
Establece la forma y las entidades a través de las cuales se ingresa al presupuesto del Estado el monto subsidiado en caso de que la persona propietaria pretenda vender o donar su vivienda.
Establece el procedimiento financiero, presupuestario, contable y de precios a aplicar en las entidades del Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Dispone que se financie con cargo al Presupuesto Central, parte de los costos normados de la inversión inicial en que incurren los productores de tabaco tapado que se inician en el cultivo.