En cumplimiento de lo previsto en la Ley del Registro del Estado Civil y su Reglamento, dispone lo pertinente para la expedición en extracto, de la certificación negativa que acredita la inexistencia de nota marginal modificativa de la soltería, a fin de lograr la homogeneidad y exactitud de los datos relativos al estado conyugal de las personas y la necesaria veracidad de las certificaciones que emita el Registrador del estado civil. A su vez deroga la Instrucción 1 del 2005 de la Dirección de Notarías y Registros de este Ministerio