Establece con carácter obligatorio la Norma Técnica Ramal, para el Ministerio de la Industria Alimenticia, sus empresas y demás dependencias, así como para aquellas entidades no subordinadasa este Organismo cuyas actividades están relacionadas con el cumplimiento de dicha norma (N RIAL 439:08 Menudos Salados de Res y Cerdo. Especificaciones de Calidad).