Identificador de norma: 
GOC-2002-145-O9
Resumen: 

Establece que el despacho aduanero de las pertenencias de los tripulantes de buques que arriban y desembarcan al país en buques procedentes del extranjero, se realice obligatoriamente de forma centralizada, en los lugares que a tales efectos se designen y habiliten.

Número: 
1
Año: 
2002
Palabras Claves: 
Anotada y concordada: 
No
Normas que la modifican: 
No existen referencias de normas
Norma que la deroga: 
No existen referencias de normas