Identificador de norma: 
GOC-2016-69-O3
Resumen: 

Establece la incorporación de los conceptos Anticipos de Fondos y de Devolución de Anticipos de Fondos, como entradas y salidas de recursos financieros en las cuentas bancarias del Sistema de Tesorería administradas por la Dirección de Tesorería y Crédito Público del Ministerio de Finanzas y Precios y por las direcciones de Finanzas y Precios de los consejos de la Administración de los órganos provinciales y municipales del Poder Popular, respectivamente, y del municipio especial Isla de la Juventud.

Número: 
1215
Año: 
2015
Anotada y concordada: 
No
Normas que la modifican: 
No existen referencias de normas
Norma que la deroga: 
No existen referencias de normas