Identificador de norma: 
GOC-2006-171-O8
Resumen: 

Establece a partir del 1ro. de enero del 2006 y hasta diciembre del 2007, los medios de transportación de pasajeros (ómnibus, ferrocarril, marítimo y lacustre) que ingresen por primera vez al servicio público por importación, modificación, adaptación o ensamblaje deberán cumplir los requisitos establecidos en la NC 391-4 (apartados 4.1, 4.2, 4.3, 4.4) relacionado con el acceso de las personas con discapacidad a los medios de transporte.

Número: 
240
Año: 
2005
Anotada y concordada: 
No
Normas que la modifican: 
No existen referencias de normas
Norma que la deroga: 
No existen referencias de normas