Identificador de norma: 
GOC-1996-328-O23
Resumen: 

El impuesto sobre el terrestre se pagará anualmente, durante los meses de enero y febrero de cada año fiscal.

Número: 
33
Año: 
1996
Palabras Claves: 
Estado: 
Anotada y concordada: 
No
Normas que la modifican: 
No existen referencias de normas