Identificador de norma: 
GOC-2003-547-O34
Resumen: 

Refiere que las entidades estatales y las sociedades mercantiles de capital ciento por ciento (100 %) cubano, deberán confirmar trimestralmente a los bancos, los estados de sus cuentas corrientes, mediante la emisión de un certificado expedido por el jefe máximo y el contador de estas entidades.

Número: 
51
Año: 
2003
Palabras Claves: 
Estado: 
Anotada y concordada: 
No
Normas que la modifican: 
No existen referencias de normas