Aprueba los precios a la población en pesos convertibles (CUC), de las nuevas producciones de tabacos, comercializados por las empresa Internacional Cubana de Tabacos S.A., y Mixta Habanos S.A., con destino a las cadenas de Tiendas Recaudadoras de Divisas, entidades pertenecientes al Sistema del Turismo y otras entidades económicas autorizadas a comercializar productos a la población en dicha moneda.