Resumen: 

Dispone la obligatoriedad de observar los principios del Sistema de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (HACCP) como sistema de gestión de inocuidad en todas las entidades del sistema empresarial, en sus unidades empresariales de base, establecimientos, industrias, mini industrias y micro industrias que se dedican a la producción y el procesamiento de alimentos y bebidas pertenecientes al Ministerio de la Industria Alimentaria, cumpliendo el programa aprobado en cada una.

Número: 
850
Año: 
2011
Palabras Claves: 
Anotada y concordada: 
No
Normas que la modifican: 
No existen referencias de normas
Norma que la deroga: 
No existen referencias de normas