Establece con carácter de máximas, las tarifas a la población en pesos convertibles (CUC), para los servicios de Acceso a Internet, Navegación Nacional y Correo Electrónico Internacional, que se brindan en áreas colectivas.
Aprueba las condiciones de operación y el régimen tarifario que aquí se establecen, para el acceso móvil a redes privadas de datos, así como la navegación por Internet y mensajería multimedia a través de redes con tecnología GPRS.
Aprueba las tarifas para el Servicio de Conectividad Asimétrica a Internet, mediante tecnología ADSL, destinado a los Programas y Entidades Priorizadas
Autoriza a la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba, S.A., en lo adelante ETECSA, a brindar con su infraestructura propia, servicios de acceso a internet a cooperativas no agropecuarias.
Aprueba las tarifas máximas de los servicios de acceso a internet que presta la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba, S.A., ETECSA a personas jurídicas mediante la tecnología de acceso conmutado, por la red digital de servicios integrados (RDSI) y por línea de suscripción asimétrica (ADSL).
Aprueba las tarifas máximas de los servicios de conectividad que presta la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba, S.A., ETECSA, sobre las opciones de contratación y tecnologías a personas jurídicas.
Autoriza a la Empresa Correos de Cuba, como Proveedor de Servicios de Acceso a Internet al Público, los cuales deberá prestar servicio a personas naturales en el territorio nacional a través de sus áreas de Internet.