Otorga el Título de “HEROE DEL TRABAJO DE LA REPUBLICA DE CUBA” a varios compañeros en reconocimiento a los extraordinarios méritos alcanzados en el trabajo creador.
Referida a la entrega de los títulos, las insignias y los documentos correspondientes a los cinco hérores que se encuentran encarcelados en prisiones de Estados Unidos.
Otorga el Título de “Héroe de la República de Cuba” a Gerardo Hernández Nordelo, Ramón Labañino Salazar, Fernando González Llort, René González Sehwerert y Antonio Guerrero Rodríguez.
Otorga el Título Honorífico “HEROE DEL TRABAJO DE LA REPUBLICA DE CUBA” al destacado deportista y gloria del béisbol cubano CONRADO MARRERO RAMOS en reconocimiento a su brillante y extensa trayectoria deportiva.
Establece que para cada defensa de tesis de doctorado se entregarán al tribunal siete ejemplares de la tesis y tres del resumen, más la versión electrónica del resumen en formatos PDF y WORD.
Aprueba el procedimiento para el reconocimiento o convalidación en Cuba de títulos de Máster o Especialista de Posgrado expedidos por instituciones extranjeras.
Pone en vigor los Lineamientos para la confección, custodia y entrega de los títulos a los graduados en los Centros de Educación Superior de todo el país.
Reconoce el nivel de Técnico en Enfermería a los alumnos de Licenciatura en esa especialidad que terminaron sus estudios en el curso escolar 2003-2004 y a los que se gradúen en los sucesivos, y culminen el ciclo técnico de esa carrera.