Instrucción 164 de 2001 de Tribunal Supremo Popular

Identificador de norma: 
GOC-2001-505-O30
Resumen: 

Modifica la Instrucción 160/2000, en el sentido de atribuir su competencia a los órganos correspondientes.

Dictamen 394 de 2001 de Tribunal Supremo Popular

Identificador de norma: 
GOC-2001-447-O26
Resumen: 

Establece el procedimiento para estimar el valor de los bienes dañados o sustraídos que hayan sido previamente adquiridos por sus titulares con moneda extranjera o peso cubano convertible, o cuando las acciones de daño o sustracción recaen sobre este tipo de monedas.

Instrucción 163 de 2001 de Tribunal Supremo Popular

Identificador de norma: 
GOC-2001-446-O26
Resumen: 

Establece la designación de jueces profesionales en los tribunales municipales populares, para coordinar y controlar la ejecución y debido cumplimiento de determinadas  sanciones subdiarias.

Resolución Conjunta 1 de 2001 de Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Tribunal Supremo Popular

Identificador de norma: 
GOC-2001-310-O16
Resumen: 

Prorroga el período por el que fueron elegidos o designados los miembros efectivos y suplentes de los Órganos de Justicia Laboral de Base.       

Resolución Conjunta 1 de 2001 de Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Tribunal Supremo Popular

Identificador de norma: 
GOC-2001-298-EX16
Resumen: 

Prorroga el período por el que fueron elegidos o designados los miembros efectivos y suplentes de los Órganos de Justicia Laboral de Base.

Convocatoria s/n de 2002 de Tribunal Supremo Popular

Identificador de norma: 
GOC-2002-1371-O70
Resumen: 

Convoca a ejercicios de oposición para cubrir la plaza de juez profesional de la Sala de lo Económico del Tribunal Provincial Popular de Ciego de Avila.

Dictamen 416 de 2002 de Tribunal Supremo Popular

Identificador de norma: 
GOC-2002-537-O24
Resumen: 

Cuando un sancionado se encuentra extinguiendo una sanción subsidiaria a la privativa de libertad o en Remisión Condicional de la pena y es sancionado por un nuevo delito, si se tiene conocimiento de ello por el tribunal que ventila este último hecho, ya sea cometido con anterioridad o posterioridad a aquel, no resulta procedente imponer una nueva sanción subsidiaria, aunque fuere igual o distinta en calidad a la que estaba extinguiendo; y si se le impone desconociendo la existencia de aquella, cuando se tenga razón de tal particular se procederá a conformar Sanción Conjunta

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