Suprime un texto del Anexo I A de la Resolución Conjunta No. 42/2000, referido a las Preferencias Otorgadas por los Estados Unidos Mexicanos para el Mercado Interno.
Bonifica el pago del Impuesto Aduanero a las importaciones de materias primas, insumos y bienes intermedios, con destino a procesos productivos, con especial enfoque hacia la producción de alimentos y la producción agropecuaria.
Aprueba y pone en vigor las Normas para la Aplicación del Régimen Aduanero de Depósito de Aduanas y para los Locales, Instalaciones y áreas destinadas a depositar las mercancías sujetas a dicho régimen.
Modifica algunos incisos de las Normas para la Aplicación del Régimen Aduanero de Depósito de Aduanas. Agiliza los trámites y formalidades ante la aduana y brinda el máximo de facilidades a los usuarios del servicio aduanero.
Establece medidas especiales de control para aquellos casos de titulares del régimen de depósito de aduanas que reiteradamente presentan la situación de faltantes y sobrantes de origen.
Prorroga hasta el 31 de marzo de 2024, la importación sin carácter comercial por encima del valor establecido para la vía de los envíos aéreos, marítimos, postales y de mensajería de la plantas eléctricas de una potencia superior a los 900 vatios.
Pone en vigor las normas para la Admisión Temporal de Mercancías para su Reexportación en el mismo estado y Exportación Temporal de Mercancías para su Reimportación en el mismo estado.
Modifica la Resolución 16 del 2000, en lo referente al destino de las monedas de curso legal nacional o extranjera, una vez que las mismas sean decomisadas o declaradas en abandono y al destino de los vehículos automotores pesados y ligeros.