Autoriza con carácter excepcional, la importación sin carácter comercial, por encima del valor establecido por la vía de equipaje acompañado, no acompañado y para envíos aéreos, marítimos, postales y de mensajería, de motores marinos de hasta sesenta caballos de fuerza (60Hp).
Nota: De esta norma jurídica fue publicada una Copia Corregida en la edición Ordinaria No. 116 de fecha 27/11/2024.