Establece la base imponible que se aplicará a las personas jurídicas estatales que presten servicios gastronómicos en pesos cubanos y sus unidades o establecimientos, incluidos los puntos fijos y móviles.
Las entidades de seguros efectuaran el aporte a la Superintendencia de Seguros en la proporción de la moneda en que fueron abonadas las primas recaudadas.
Extiende hasta el 31 de octubre de 2024, el término de pago de las obligaciones tributarias de personas naturales y jurídicas, con fecha de cumplimiento previstas inicialmente para octubre de 2024.