Disminuye hasta el 31/12/2007, los derechos de aduanas correspondientes a las demás placas, hojas, bandas, cintas, películas y demás formas planas, autoadhesivas, de plástico, incluso en rollos incluidas en el grupo arancelario 3919.90.00.
Refiere que las agencias de viajes extranjeras con establecimiento permanente en el país, que obtengan ingresos a través de agencias de viajes cubanas, por concepto de comisiones por las ventas de opcionales, efectuarán el pago del Impuesto sobre Ingresos Brutos, a que están obligadas por la percepción de dichos ingresos, mediante retención que realizarán las entidades.
Aprueba para el período 2024-2029 el Programa Sectorial de Ciencia, Tecnología e Innovación “Gestión sostenible de las Finanzas Públicas, la Contabilidad, los Precios y el Seguro”.
Deroga la Resolución No. 52/2000, que establece las Condiciones para la Reposición de Vehículos de Motor a través del Seguro, fabricados a partir de 1974.