Refiere que los jefes de Cabina, Sobrecargos, Aeromozas, Pilotos, Ingenieros de Vuelo y Navegantes, que como consecuencia de la aplicación del redimensionamiento llevado a cabo en las empresas de la aeronáutica civil, fueron puestos a disposición de la Oficina Empleadora para su reubicación y atención, son objeto del tratamiento laboral regulado.