Resolución 408 de 2016 de Ministerio de Finanzas y Precios

Resumen: 

Extender hasta el 21 de noviembre de 2016, el término de pago de las obligaciones tributarias y otros ingresos al Presupuesto del Estado, correspondientes a los meses de septiembre y octubre de este año, devengadas por los contribuyentes personas jurídicas y naturales, con domicilio fiscal en los municipios Baracoa, Imías, Maisí, San Antonio del Sur y Yateras de la provincia de Guantánamo, y en el municipio Moa de la provincia Holguín.

Resolución 118 de 2016 de Ministerio de Finanzas y Precios

Identificador de norma: 
GOC-2016-374-EX9
Resumen: 

Extiende hasta el 28 de marzo de 2016, el término de pago de las obligaciones tributarias correspondientes al mes de febrero de este año, devengadas por los trabajadores por cuenta propia con domicilio fiscal en la provincia de La Habana.

Resolución 581 de 2014 de Ministerio de Finanzas y Precios

Resumen: 

Establecimiento de fecha de pago de las obligaciones tributarias correspondientes a la Contribución Territorial para el Desarrollo Local, correspondientes al año 2014, para las entidades nacionales y sus establecimientos radicados en el municipio especial Isla de la Juventud.

Resolución 201 de 2011 de Ministerio de Finanzas y Precios

Resumen: 

Extiende hasta el 10 de julio del 2011 el término de pago de las obligaciones tributarias, correspondientes a los meses de enero a mayo del actual ejercicio fiscal, a los trabajadores por cuenta propia que ejercen las actividades de Arriero y de Transporte de carga con medios de tracción animal vinculados a entidades estatales para la prestación de sus servicios, así como a los que ejercen la actividad de Transporte de pasajeros con medios de tracción animal vinculados al sector de educación para el traslado de estudiantes.

Resolución 131 de 2011 de Ministerio de Finanzas y Precios

Resumen: 

Extiende hasta el 10 de junio del presente año el término de pago de las obligaciones tributarias, correspondientes al primer cuatrimestre del actual ejercicio fiscal, a los trabajadores por cuenta propia que ejercen las actividades de Arriero y de Transporte de carga con medios de tracción animal vinculados a entidades estatales para la prestación de sus servicios, así como a los que ejercen la actividad de Transporte de pasajeros con medios de tracción animal vinculados al sector de educación para el traslado de estudiantes.

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