Establece tarifas para regular los pagos que por derechos de autor se generan por la comercialización de esos productos cuando incluyen varias categorías de obras, tales como, audiovisuales, musicales, literarias, de artes visuales, entre otras.
Establece el pago adicional y el aumento de la cuantía que por nocturnidad reciben estomatólogos y médicos, y otros trabajadores del Sistema Nacional de Salud.
Establece la actuación del Banco Central de Cuba según lo establecido en la Ley General de la Vivienda y en el apartado sexto del Acuerdo 7606 del Consejo de Ministros.