Identificador de norma: 
GOC-2008-1501-O65
Resumen: 

Establece como pago parcial a cuenta del Impuesto sobre Utilidades, a que están obligadas a efectuar en los tres (3) primeros trimestres del año las empresas productoras pertenecientes al sector agropecuario y azucarero, el diez por ciento (10 %) sobre la utilidad imponible real que se obtenga cada trimestre.

Número: 
278
Año: 
2008
Anotada y concordada: 
No
Normas que la modifican: 
No existen referencias de normas
Norma que la deroga: 
No existen referencias de normas