Aplica una bonificación sobre el impuesto a pagar, en la liquidación del Impuesto sobre Utilidades, a las empresas estatales cubanas y las sociedades mercantiles de capital ciento por ciento cubano, con base en el incremento porcentual de las ventas de producciones y servicios con destino a la exportación o a la Zona Especial de Desarrollo Mariel, en relación con el año anterior.