Identificador de norma: 
GOC-2004-1158-O67
Resumen: 

Refiere que todas las entidades que empleen como trabajadores a atletas y exatletas campeones olímpicos y mundiales, así como figuras destacadas del deporte, que son beneficiarios de un tratamiento salarial especial, están obligadas a abonar a éstos, además del pago del salario por la plaza que desempeñan.

Número: 
286
Año: 
2004
Palabras Claves: 
Anotada y concordada: 
No
Normas que la modifican: 
No existen referencias de normas
Norma que la deroga: 
No existen referencias de normas