Extiende el beneficio concedido por la Resolución No. 174 de fecha 25 de junio de 2004, a las personas naturales y jurídicas que concurran como vendedores a los mercados agropecuarios estatales, para los cuales los consejos de la Administración de las asambleas provinciales o municipales del Poder Popular fijan precios máximos, hasta el 31 de diciembre del 2004.