Resumen: 

Extiende hasta veinte días hábiles posteriores a la reunión de información del resultado final de la auditoría al Consejo de Dirección, el término de entrega del informe de auditoría fiscal, por el jefe de grupo de la Oficina Nacional de Administración Tributaria que realizó dicha acción, para notificar el resultado final de la auditoría fiscal al máximo nivel de dirección del sujeto auditado.

Número: 
344
Año: 
2015
Palabras Claves: 
Anotada y concordada: 
No
Normas que la modifican: 
No existen referencias de normas
Norma que la deroga: 
No existen referencias de normas