Resumen: 

Establece el descuento del cincuenta por ciento (50%) sobre la tarifa actual a la población en pesos cubanos (CUP), equivalente a doscientos pesos (200.00), para el alquiler del cilindro vacío de diez kilogramos (10 kg) de gas licuado de petróleo, a las personas naturales que entregan cilindros no incluidos en el registro de venta normada, por un período de tres (3) meses, a partir de la fecha que se autorice en cada territorio.

Número: 
980
Año: 
2015
Palabras Claves: 
Anotada y concordada: 
No
Normas que la modifican: 
No existen referencias de normas
Norma que la deroga: 
No existen referencias de normas