Autoriza excepcionalmente para la provincia de La Habana, y ratificar para la de Ciudad de La Habana, que los trabajadores mientras participan en programas priorizados de la ejecución de las obras de construcción vinculadas a la Batalla de Ideas, con independencia del organismo de procedencia, cobren como estímulo incrementos sobre sus salarios básicos.
Aprueba un pago adicional de 30 pesos mensuales sobre el salario promedio o fijo, según el caso, que devengan actualmente, los trabajadores de las entidades del Ministerio del Turismo incorporados de forma permanente al estudio o la docencia.
Establece el Sistema Salarial para el personal que forma parte de las dotaciones de los buques y embarcaciones de navegación de travesía internacional, de cabotaje y las que realizan sus actividades próximos a la costa y en las aguas interiores.
Establece el Sistema Salarial de la Empresa Mixta INDUSTRIAL MOLINERA S.A., que abarca a los trabajadores de las categorías ocupacionales de operarios, trabajadores administrativos, trabajadores de servicios, técnicos y dirigentes que prestan sus servicios en dicha entidad.
Establece el Sistema Salarial de la Empresa Mixta ALIMENTOS RIO ZAZA S.A., que abarca a los trabajadores de las categorías ocupacionales de operarios, trabajadores administrativos, trabajadores de servicios, técnicos y dirigentes que prestan sus servicios en dicha entidad.
Establece el Sistema Salarial para el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, que abarca a los trabajadores de las categorías ocupacionales de operarios, trabajadores administrativos, trabajadores de servicios, técnicos y dirigentes.
Establece el Sistema Salarial del Ministerio del Transporte que abarca a los trabajadores de las categorías ocupacionales de operarios, trabajadores administrativos, trabajadores de servicios, técnicos y dirigentes.
Establece el Sistema Salarial para el Programa de la Revolución Salas de Televisión, que abarca a los trabajadores de las categorías ocupacionales de trabajadores de servicios, técnicos y dirigentes.
Establece el Sistema Salarial para la Asociación Cubana de Comunicadores Sociales, que abarca a los trabajadores de las categorías ocupacionales de operarios, trabajadores administrativos, trabajadores de servicios, técnicos y dirigentes.