Modifica el Artículo 16 del Decreto-Ley No. 22/1979, que estableció el Arancel de Aduanas de la República de Cuba para las Importaciones sin carácter Comercial.
Establece que todas las mercancías declaradas abandonadas por la Aduana, provenientes de las importaciones con carácter comercial sean entregadas a título no onoroso al Ministerio del Comercio Interior.
Prorroga hasta el 30 de septiembre de 2025, el beneficio establecido en la Resolución 218, dictada por la ministra de Finanzas y Precios, de 11 de agosto de 2022, relacionada con la importación sin carácter comercial, de las plantas eléctricas.