Establece los precios mayoristas en pesos cubanos (CUP), para los surtidos de gases oxígeno, acetileno, nitrógeno, argón, válvulas para cilindros, así como las tarifas de los servicios asociados a la venta de estos, que se comercializan o prestan por la Empresa de Gases Industriales, a los trabajadores por cuenta propia autorizados a ejercer las actividades de Chapistería, Herrería, Oxicorte y otras que se autoricen.