Dispone que los jefes de las entidades estatales a las que pertenecen las unidades gastronómicas o de servicios personales y técnicos que se ha decidido sean gestionadas mediante la modalidad de arrendamiento de locales, espacios y áreas para el trabajo por cuenta propia, les proponen a los trabajadores que laboran en estas cuyas plazas son amortizadas, pasar a la condición de trabajadores por cuenta propia, en las actividades aprobadas por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.