Fija el precio de compra a la población, en pesos cubanos, de las botellas de ron vacías de 700 y 750 mililitros, en un peso cubano con cincuenta centavos (1.50 CUP) la unidad, con destino a la recuperación de materias primas, por la Unión de Empresas de Materias Primas, subordinadas al SIME.