Establece la proforma del Estado Financiero “Pagos a Personas Naturales y Otras Formas de Gestión” para las entidades de la actividad empresarial, unidades presupuestadas de tratamiento especial y el sector cooperativo agropecuario y no agropecuario.
Establece las tarifas en pesos cubanos, para las personas naturales residentes permanentes en Cuba, por los servicios de transportación desde determinados aeropuertos y otras transportaciones puntuales.
Aprueba el “Procedimiento para la actuación de las direcciones municipales de la vivienda en el otorgamiento de subsidios a las personas naturales, con destino a acciones constructivas en su vivienda”.
Establece las Tarifas que debe aplicar la Oficina Cubana de la Propiedad Industrial a las personas naturales, jurídicas, nacionales y extranjeras, por la prestación de determinados servicios.