Identificador de norma: 
GOC-2004-1143-O66
Resumen: 

Dispone que el Banco Nacional de Cuba gestione e ingrese al Presupuesto del Estado el contravalor en moneda nacional que reciba de las entidades beneficiarias de las asignaciones en divisas derivadas del recargo por transacciones financieras a cuyo pago están obligadas las entidades estatales y las sociedades mercantiles de capital totalmente cubano.

Número: 
283
Año: 
2004
Anotada y concordada: 
No
Normas que la modifican: 
No existen referencias de normas
Norma que la deroga: 
No existen referencias de normas