Los Trabajadores por Cuenta Propia que operan en moneda nacional y en moneda libremente convertible o pesos cubanos convertibles, presentarán la Declaración Jurada Anual en moneda libremente convertible o pesos cubanos convertibles, debiendo para ello convertir a dicha moneda el total de los ingresos obtenidos, así como las cuotas mensuales pagadas en moneda nacional durante el año fiscal 1999, de acuerdo al tipo de cambio vigente en la Casa de Cambio S.A.