Aplica a los trabajadores que forman parte de las plantillas que se aprueben para las actividades administrativas, técnicas y de servicios en su carácter de trabajadores estatales, en las agencias de taxi, agencias de gestión de pasaje y la Empresa Taxis-Cuba la Resolución No. 34 de 6 de septiembre de 2011, que puso en vigor el “Reglamento sobre el tratamiento laboral y salarial aplicable a los trabajadores disponibles e interruptos”.