Establece las tarifas arancelarias que corresponden a cada una de las nuevas subpartidas en que ha quedado abierta la nomenclatura del Arancel de Aduanas de la República de Cuba.
Modifica la Resolución 55/1997, referida a la compensación a los productores cañeros por el uso de los bueyes en las labores de cultivo, diferenciando los importes a financiar para La Habana.
Dispone que los órganos u organismos de la Administración Central del Estado y los centros que realizan actividades de investigación-desarrollo e innovación tecnológica queden obligados a brindar la información referente a los ingresos y gastos en que incurran en el desempeño de las mismas.