Modifica los precios mayoristas máximos de los productos Fruta Bomba y Papa de Frigorífico, que se comercializan en Moneda Libremente Convertible o Pesos Convertibles, a las entidades del Sistema del Turismo y a otras autorizadas.
Aprueba las Reglas Generales para la Interpretación y las Notas de Secciones, Capítulos, y Subpartidas como normas de clasificación de los productos físicos del Sistema Armonizado de Clasificación de Productos, en lo adelante SACLAP.
Establece el precio de acopio en el campo del producto papa, tanto la cosechada con semilla multiplicada nacionalmente como con semilla importada, así como su precio minorista único.
Realiza modificaciones a los Anexos 1 y 3 de la Resolución 103 de 23 de febrero de 2005 la cual dispone el reordenamiento del esquema empresarial autorizado a ejecutar importaciones del Aluminio y sus productos.
Aprueba el precio minorista de veintidós pesos cubanos (22.00 CUP), para el producto natural Hojas Secas de Morera para su venta en farmacias comunitarias.