Incluir el numeral 40 “Documentos tramitados en el Registro Nacional de Establecimientos de Alojamiento Turístico de la República de Cuba”, al Anexo 4 de la Ley 113 “Del Sistema Tributario”, de 23 de julio de 2012.
Establece el procedimiento que regula las relaciones financieras entre las unidades presupuestadas de las que proceden los estudiantes y los productores agropecuarios por la utilización de esta fuerza de trabajo estudiantil.
Establece las normas para la aplicación del Impuesto sobre la Utilización o Explotación de los Recursos Naturales y para la Protección del Medio Ambiente en lo concerniente a los cánones por la ejecución de una actividad minera y a las regalías por la explotación de recursos minerales.
Pone en vigor las concesiones arancelarias otorgadas por la República de Cuba a la Republica de Bolivia en virtud del Protocolo Adicional al Acuerdo de Alcance Parcial suscrito el 11 de junio de 1996, por los representantes de los Gobiernos de ambos paises.
Establece el procedimiento para el control, cobro, depósito e ingreso al Fisco de las multas pagaderas en peso convertible, que se impongan por contravenciones de las disposiciones legales vigentes.
Designa las autoridades que en materia fiscal impondrán y adecuarán las multas que por el Decreto-Ley 174/1997 se establecen, así como las que conocerán y resolverán de las reclamaciones que por estos, conceptos se susciten.